sábado 21 de septiembre del 2024
El Diario del Maule Sur
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Crónica 23-03-2022
Claves para que pymes y contadores puedan abordar la Operación Renta 2022 con éxito
● Estar informados de cómo llevar adelante este proceso para evitar errores o rechazos por parte del Servicio de Impuestos Internos (SII) es de gran importancia para todos, por eso aquí entregamos 5 claves a tener en cuenta para realizar una Operación Renta de la mejor manera posible.
Estamos a pocos días para que se cumplan los plazos para presentar las primeras declaraciones juradas de la Operación Renta 2022, por lo que la importancia de poder realizar el proceso eficientemente y sin errores es de vital importancia para las empresas, grandes y pequeñas, y también para los contadores que las asesoran en esta materia.
En simples palabras la Operación Renta se define como el proceso que pone fin al año comercial y en el cual todas las empresas deben cumplir con informar sus movimientos. De cara a la Operación Renta 2022, es importante tener en cuenta que en 2021 entró en vigencia la Ley 21.210, que moderniza la legislación tributaria, en especial varias declaraciones juradas (DDJJ).
La Declaración de Renta o también conocido Formulario 22 (F22) se realiza de forma anual y es donde los contribuyentes, empresas y personas informan los ingresos obtenidos durante el año anterior. En el F22 se debe declarar todos los ingresos obtenidos en el año anterior, es decir, desde el 1 de enero al 31 de diciembre de 2021.

1) Los cambios a considerar para la Operación Renta 2022
La Operación Renta de este año trae cambios en cinco Declaraciones Juradas, entre ellas la DJ 1879, que considera el cambio del porcentaje de las retenciones en las boletas de honorarios de 11,50% a un 12,5%. Además se elimina la columna de las rentas de trabajadores de artes y espectáculos.
En cuanto a la DJ de sueldos (1887), también considera la columna nueva del 3% del préstamo a tasa 0%. Respecto a la DJ 1943 de contribuyentes sin contabilidad completa y de rentas presuntas, se incorporó una columna para el crédito por IDPC sin derecho a devolución, respecto a los propietarios o cooperados.
La DJ 1947 elimina algunos aspectos administrativos de identificación y corrige la expresión del crédito del art. 33 bis a que este tiene derecho a devolución. Y la DJ 1929 amplía las instrucciones sobre la codificación de las operaciones en el exterior.
Hay que destacar que las modificaciones en su mayoría dicen relación con nueva información que se está solicitando a los contribuyentes y también con información relativa a los beneficios que se otorgaron durante la pandemia, tales como los préstamos solidarios, entre otros.

2) La importancia de tener claridad con los plazos
En cuanto a los plazos que tienen los contribuyentes para la Operación Renta, todas las declaraciones juradas deben ser realizadas entre el 1 de marzo con fecha tope el 30 de junio, siempre se recomienda realizarlo con la mayor antelación posible, ya que ante cualquier error se tiene un margen para poder enmendarlo y subir nuevamente la declaración.
Respecto al pago del Impuesto a la Renta, este debe realizarse entre el 1 y el 30 de abril, mientras que las devoluciones correspondientes se realizan entre el 11 y 30 de mayo.
Se recomienda que los contribuyentes y contadores verifiquen el estatus de las declaraciones juradas del año tributario anterior, ya que estos saldos y partidas suelen ser saldos de inicio. Además, siempre se recomienda planificar el calendario de declaraciones juradas internamente y preparar la información tributaria y contable con al menos dos semanas de anticipación, respecto de cada vencimiento.



Freddy Mora | Imprimir | 748