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domingo 16 de marzo del 2025
Política 16-03-2025
Aumentan monto límite del avalúo fiscal para acceder a regularización de propiedades

La Comisión de Vivienda de la Cámara aprobó, sin modificaciones, el proyecto de ley, de origen en el Senado, que aumenta el monto del avalúo fiscal que permite acceder a la regularización de bienes raíces urbanos.
Para ello, modifica el decreto ley 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
La propuesta busca implementar procesos que permitan la actualización justa y regular de las avaluaciones de las propiedades, tomando en cuenta factores como el costo de la vida, la plusvalía y la revalorización urbana.
De tal modo, pretende garantizar que las personas y familias vulnerables no se vean desmedidamente afectadas por el aumento del valor de sus propiedades. Asimismo, se espera que puedan tener acceso a un asesoramiento adecuado para la gestión de sus bienes inmuebles.
Así, la norma, establece que: “Los poseedores materiales de bienes raíces rurales o urbanos, cuyo avalúo fiscal para el pago del impuesto territorial sea inferior a mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), que carezcan de título inscrito, podrán solicitar de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales que se les reconozca la calidad de poseedores regulares de dichos bienes a fin de quedar habilitados para adquirir su dominio por prescripción, de acuerdo con el procedimiento que se establece en la presente ley”.
Según las cifras expuestas, el 75% de los inmuebles regularizados son de carácter rural, mientras que solo el 25% son urbanos.
Para ello, modifica el decreto ley 2.695, de 1979, que fija normas para regularizar la posesión de la pequeña propiedad raíz y para la constitución del dominio sobre ella.
La propuesta busca implementar procesos que permitan la actualización justa y regular de las avaluaciones de las propiedades, tomando en cuenta factores como el costo de la vida, la plusvalía y la revalorización urbana.
De tal modo, pretende garantizar que las personas y familias vulnerables no se vean desmedidamente afectadas por el aumento del valor de sus propiedades. Asimismo, se espera que puedan tener acceso a un asesoramiento adecuado para la gestión de sus bienes inmuebles.
Así, la norma, establece que: “Los poseedores materiales de bienes raíces rurales o urbanos, cuyo avalúo fiscal para el pago del impuesto territorial sea inferior a mil Unidades Tributarias Mensuales (UTM), que carezcan de título inscrito, podrán solicitar de la Dirección de Tierras y Bienes Nacionales que se les reconozca la calidad de poseedores regulares de dichos bienes a fin de quedar habilitados para adquirir su dominio por prescripción, de acuerdo con el procedimiento que se establece en la presente ley”.
Según las cifras expuestas, el 75% de los inmuebles regularizados son de carácter rural, mientras que solo el 25% son urbanos.
Freddy Mora | Imprimir | 131
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