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jueves 31 de octubre del 2024
Editorial 13-04-2023
Fichas clínicas on line
Considerando la necesidad de agilizar la atención de los pacientes, los integrantes de la Comisión de Salud despacharon a Sala, el proyecto que regula los derechos y deberes que tienen las personas en relación con acciones vinculadas a su atención en salud, con el objeto de establecer la interoperabilidad de las fichas clínicas.
En lo sustancial, la propuesta en primer trámite, busca sistematizar la información médica que se encuentra dispersa de los pacientes. Hoy todas las personas, a lo largo de su ciclo vital, se atienden en distintos establecimientos públicos y privados recibiendo una variada gama de prestaciones. La idea es concentrar la información en un formato online, de manera que tanto los prestadores, como el propio paciente, puedan acceder a ésta con facilidad.
Según cifras entregadas por la autoridad sanitaria, “en la atención primaria se ha digitalizado el 95% de la información clínica, un 79% de la atención de urgencia y un 60% de la atención quirúrgica y hospitalaria en general”.
Se entenderá la ficha clínica, el instrumento obligatorio en el que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las distintas áreas de salud de un paciente y cuyo fin es integrar dicha información.
El prestador estará obligado a conservar la ficha clínica de los pacientes por 15 años siendo responsable de su contenido. Un reglamento establecerá el resguardo de la información –más allá de ese plazo- en el caso de patologías complejas como cáncer, enfermedades raras y otras.
La ficha clínica podrá configurarse de manera electrónica, en papel (pensando en la realidad de prestadores privados apartados) o en otro soporte, siempre que se asegure el registro complejo de los datos, el acceso, la confidencialidad y la autenticidad de su contenido.
En lo sustancial, la propuesta en primer trámite, busca sistematizar la información médica que se encuentra dispersa de los pacientes. Hoy todas las personas, a lo largo de su ciclo vital, se atienden en distintos establecimientos públicos y privados recibiendo una variada gama de prestaciones. La idea es concentrar la información en un formato online, de manera que tanto los prestadores, como el propio paciente, puedan acceder a ésta con facilidad.
Según cifras entregadas por la autoridad sanitaria, “en la atención primaria se ha digitalizado el 95% de la información clínica, un 79% de la atención de urgencia y un 60% de la atención quirúrgica y hospitalaria en general”.
Se entenderá la ficha clínica, el instrumento obligatorio en el que se registra el conjunto de antecedentes relativos a las distintas áreas de salud de un paciente y cuyo fin es integrar dicha información.
El prestador estará obligado a conservar la ficha clínica de los pacientes por 15 años siendo responsable de su contenido. Un reglamento establecerá el resguardo de la información –más allá de ese plazo- en el caso de patologías complejas como cáncer, enfermedades raras y otras.
La ficha clínica podrá configurarse de manera electrónica, en papel (pensando en la realidad de prestadores privados apartados) o en otro soporte, siempre que se asegure el registro complejo de los datos, el acceso, la confidencialidad y la autenticidad de su contenido.
Freddy Mora | Imprimir | 1015