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Policial 27-09-2023
A ley proyecto sobre registros audiovisuales en actuación de policías
Garantizar y normar la utilización de registros audiovisuales de las policías en procedimientos penales como medios de prueba, es el objetivo del proyecto (boletín 15788) despachado a ley por la Sala de la Cámara.
La nueva norma establece que las imágenes y/o sonidos registrados deberán ser entregados al Ministerio Público. Aquellos obtenidos en lugares o situaciones distintas, o si estos no resultaren útiles para la investigación, serán destruidos una vez transcurridos dos años desde la captura de los mismos. Esto, previa orden de destrucción emanada por el Ministerio Público.
Agrega que se deberá garantizar la integridad del registro y respaldo para su posterior tratamiento en la investigación.
A su vez, la ausencia de grabación no será impedimento para la validez del procedimiento, como tampoco, implicará la exclusión de prueba. En tanto, la falta de integridad de la grabación tampoco significará su exclusión.
Se castigará a las y los funcionarios policiales que -sin orden previa- modifiquen, oculten, eliminen o alteren de cualquier forma los sistemas de registro y almacenamiento audiovisual.
Freddy Mora | Imprimir | 594
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