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viernes 25 de octubre del 2024
Política 24-01-2024
Avanza proyecto que modifica entrega de pensiones de gracia
La Comisión de Desarrollo Social de la Cámara de diputadas y diputados, aprobó el proyecto, nacido en tres mociones refundidas, cuya finalidad es establecer normas generales sobre el otorgamiento de pensiones de gracia.
Recordar que estas propuestas surgieron por los cuestionamientos a las pensiones de gracia otorgadas luego del estallido social. Ellas alcanzan a 418 beneficiarios/as.
El texto, despachado a la Sala, introduce modificaciones a la Ley 18.056. Este marco establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República.
La iniciativa dispone que este beneficio, cuando se relacionen con accidentes, incapacidades o enfermedades, no se otorgarán a personas cuyas situaciones deriven de una exposición imprudente al riesgo por parte del solicitante.
Tampoco podrán recibir el beneficio quienes se encuentren condenados por crimen o simple delito. También se negará este aporte a aquellos que hayan cesado en la función pública, debido a medidas disciplinarias por faltas graves a la probidad administrativa.
En cuanto a los requisitos para otorgar las pensiones de gracias, se establece que estas sólo podrán otorgarse por decreto fundado del Presidente de la República. También se exige que pasen a toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
Recordar que estas propuestas surgieron por los cuestionamientos a las pensiones de gracia otorgadas luego del estallido social. Ellas alcanzan a 418 beneficiarios/as.
El texto, despachado a la Sala, introduce modificaciones a la Ley 18.056. Este marco establece normas generales sobre otorgamiento de pensiones de gracia por el Presidente de la República.
La iniciativa dispone que este beneficio, cuando se relacionen con accidentes, incapacidades o enfermedades, no se otorgarán a personas cuyas situaciones deriven de una exposición imprudente al riesgo por parte del solicitante.
Tampoco podrán recibir el beneficio quienes se encuentren condenados por crimen o simple delito. También se negará este aporte a aquellos que hayan cesado en la función pública, debido a medidas disciplinarias por faltas graves a la probidad administrativa.
En cuanto a los requisitos para otorgar las pensiones de gracias, se establece que estas sólo podrán otorgarse por decreto fundado del Presidente de la República. También se exige que pasen a toma de razón por parte de la Contraloría General de la República.
Freddy Mora | Imprimir | 331
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