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lunes 28 de octubre del 2024
Policial 05-01-2024
Avanza tramitación de normas sobre rol de inspectores de seguridad municipal
La comisión de Gobierno Interior de la Cámara de Diputadas y Diputados, continuó con la votación del proyecto que fortalece la institucionalidad municipal en materia de seguridad pública y prevención del delito. Asimismo, establece un estatuto para la constitución de comités de seguridad vecinal y rural.
Respecto al debate de la iniciativa, el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, valoró los límites que se están aprobando respecto a la labor de las y los inspectores de seguridad municipal.
En ese contexto, las y los diputados aprobaron varias modificaciones presentadas por el Ejecutivo que recogieron propuestas parlamentarias planteadas vía indicaciones. Entre estas, la prohibición de realizar actos propios de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. El quebrantamiento de dicha prohibición de parte de los inspectores de seguridad municipal estará sujeto a responsabilidades administrativas y/o penales. Se precisa que en su función coadyudante, los inspectores podrán prestar labores de apoyo al personal policial, mientras estos últimos ejercen sus funciones propias. Entre dichas labores podrán prestar auxilio oportuno a la víctima, resguardar el sitio del suceso y tomar datos de testigos, por ejemplo; materias que, no obstante, podrían ser perfeccionadas en la continuación del debate.
Respecto al debate de la iniciativa, el subsecretario de Prevención del Delito, Eduardo Vergara, valoró los límites que se están aprobando respecto a la labor de las y los inspectores de seguridad municipal.
En ese contexto, las y los diputados aprobaron varias modificaciones presentadas por el Ejecutivo que recogieron propuestas parlamentarias planteadas vía indicaciones. Entre estas, la prohibición de realizar actos propios de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública. El quebrantamiento de dicha prohibición de parte de los inspectores de seguridad municipal estará sujeto a responsabilidades administrativas y/o penales. Se precisa que en su función coadyudante, los inspectores podrán prestar labores de apoyo al personal policial, mientras estos últimos ejercen sus funciones propias. Entre dichas labores podrán prestar auxilio oportuno a la víctima, resguardar el sitio del suceso y tomar datos de testigos, por ejemplo; materias que, no obstante, podrían ser perfeccionadas en la continuación del debate.
Freddy Mora | Imprimir | 445
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