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Opinión 24-04-2025
¿Cómo la legislación protege al cuerpo docente de un establecimiento escolar?
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Rodrigo Verdugo, académico de la Facultad de Derecho de la Universidad Andrés Bello

En las últimas semanas han aparecido en la prensa casos serios de violencia contra el profesorado en Chile. En nuestro país, el cuerpo docente y los asistentes de la educación están protegidos por el Código Penal. En ese sentido, por ejemplo, respecto del delito de amenazas y lesiones, se establecen penas más duras por la sola consideración de su dignidad.
Adicionalmente, la ley N° 21.040, que establece el nuevo Sistema de Educación Pública de 2017, permite a los Servicio Locales de Educación Pública (SLEP) presentar querellas por delitos perpetrados contra funcionarios de los establecimientos de su dependencia.
Asimismo, el Estatuto Docente, en su artículo 8 bis, determina una especial gravedad sobre actos de violencia contra profesionales de la educación.
¿Y qué busca establecer la Ley de Convivencia Escolar? Ya existe una ley sobre violencia escolar del año 2011. Sin embargo, no ha sido suficiente para un cambio radical en la cultura del respeto que debe imperar en los establecimientos. Esto debido a que no se han reducido los hechos violentos entre miembros de las comunidades escolares.
En tanto, el proyecto de ley presentado por el gobierno del Presidente Boric (boletín 16901-04), actualmente en el Senado, busca dar un rol más protagónico al Estado como reforzar a la Superintendencia de Educación.
Esta iniciativa pretende fortalecer los reglamentos internos de convivencia existentes, haciendo más claros los procedimientos. Así como también enfatiza en la necesidad de realizar efectivamente denuncias de los hechos que constituyan delitos ante las Policías, Ministerio Público o Tribunales de Justicia.
Otra relevancia de la ley es la creación de un “Coordinador de Convivencia”, quien liderará la adecuación del Plan de Gestión de la Convivencia Educativa como el reglamento interno.
Por su parte, este proyecto crea medidas de protección especiales sobre agresiones de apoderados al cuerpo docente, donde pueden aplicarse sanciones al apoderado agresor, como la prohibición del ingreso al establecimiento.
Esta iniciativa legal va bien encaminada. Pero hay que otorgarle más recursos formativos a la Superintendencia de Educación, debido a su capacidad de llegar directamente a los establecimientos, a los profesionales y asistentes de la educación y a las familias de los alumnos.
Freddy Mora | Imprimir | 109