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Editorial 31-08-2023
Exigencias para libertad condicional
Con el voto unánime de los senadores, la Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta sobre el proyecto que modifica diversos cuerpos legales para establecer mayores exigencias para la obtención de la libertad condicional.
Con ello, la iniciativa fue despachada por el Congreso y quedó en condiciones de ser remitida al Presidente de la República para su firma y promulgación como ley.
La iniciativa que tuvo su origen en 5 mociones que fueron refundidas, y sobre los acuerdos que alcanzó la instancia en torno a las divergencias que se suscitaron entre ambas ramas legislativas.
En tal sentido, se optó por mantener en 4 bimestres el período de calificación de conducta del condenado para poder acceder al beneficio; se acordó establecer que el informe de postulación psicosocial será un antecedente calificado al momento de resolver la respectiva solicitud y que dicho informe deberá contener información sobre eventuales beneficios intrapenitenciarios que el postulante hubiese obtenido, informando especialmente si éstos hubiesen sido revocados y las razones para ello.
Asimismo, se zanjó que los condenados a presidio perpetuo a quienes se les haya negado la libertad condicional, no podrán postular nuevamente sino hasta la primera quincena de abril u octubre del año siguiente, cuando la postulación rechazada se hubiere solicitado durante los meses de abril u octubre respectivamente (un año después).
Freddy Mora | Imprimir | 640