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jueves 31 de octubre del 2024
Editorial 07-10-2022
Eximir Pago de Derechos de Aseo
Actualmente, cada municipalidad decide a quien exime de pago por concepto de aseo. Aquello genera una discriminación entre personas que habitan municipios distintos, pues los criterios son disímiles.
La resolución señala que la legislación actual deja en total olvido a un grupo de la población que sufre, constantemente, a causa de las dificultades económicas que trae consigo la vejez, en la mayoría de los casos.
Teniendo en cuenta esos aspectos, se solicita al Ejecutivo que, por medio del Ministerio de Hacienda, adopten todas las medidas legales y administrativas que estén a su alcance, para condonar deudas de derechos de aseo municipal a las personas mayores y al 40% más vulnerable del país.
La medida se justifica, pues la legislación actual solo considera eximir del pago a quienes sean dueños de una propiedad cuyo avalúo fiscal sea menor a 225 unidades tributarias mensuales.
Asimismo, existen muchas personas que, injustamente, deben pagar los derechos, pese a no tener los recursos económicos suficientes. El tema es que las municipalidades deciden si eximen a otras personas del pago por criterios socioeconómicos que ellos mismos realizan.
Además, quedan exentos de manera automática, los usuarios cuya vivienda tenga un avalúo fiscal igual o menor a 225 unidades tributarias mensuales.
La resolución señala que la legislación actual deja en total olvido a un grupo de la población que sufre, constantemente, a causa de las dificultades económicas que trae consigo la vejez, en la mayoría de los casos.
Teniendo en cuenta esos aspectos, se solicita al Ejecutivo que, por medio del Ministerio de Hacienda, adopten todas las medidas legales y administrativas que estén a su alcance, para condonar deudas de derechos de aseo municipal a las personas mayores y al 40% más vulnerable del país.
La medida se justifica, pues la legislación actual solo considera eximir del pago a quienes sean dueños de una propiedad cuyo avalúo fiscal sea menor a 225 unidades tributarias mensuales.
Asimismo, existen muchas personas que, injustamente, deben pagar los derechos, pese a no tener los recursos económicos suficientes. El tema es que las municipalidades deciden si eximen a otras personas del pago por criterios socioeconómicos que ellos mismos realizan.
Además, quedan exentos de manera automática, los usuarios cuya vivienda tenga un avalúo fiscal igual o menor a 225 unidades tributarias mensuales.
Freddy Mora | Imprimir | 643