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sábado 02 de noviembre del 2024
Editorial 06-06-2021
Igualdad de remuneraciones
Avanzando en asegurar el cumplimiento del principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres, la Comisión de Mujeres y Equidad de Género aprobó y despachó a Sala el proyecto de ley que modifica el Código del Trabajo para asegurar dicha igualdad.
La iniciativa, aprobada por unanimidad y originada en tres mociones parlamentarias establece que el empleador o empleadora deberá dar cumplimiento al principio de igualdad de remuneraciones entre hombres y mujeres que prestan un mismo trabajo o para un trabajo al que se le atribuye un mismo valor, función o responsabilidad.
Para ello, el o la empleadora deberá fijar estructuras y escalas de remuneraciones a partir del análisis de los empleos, sus descripciones, evaluando cada uno de ellos con el método analítico de evaluación de puestos de trabajo que fije la Dirección del Trabajo.
Excepcionalmente, no se considerarán discriminaciones las diferencias objetivas en las remuneraciones cuando el empleador demuestre que se fundan en las calificaciones de el o la trabajadora. Con todo, salvo que el empleador o empleadora pruebe lo contrario, se considerará como discriminación salarial aquellas diferencias de salarios que no estén justificadas.
La Inspección del Trabajo, de oficio o a solicitud de parte, fiscalizará anualmente el cumplimiento del principio de igualdad de remuneraciones en las empresas del territorio nacional.
Freddy Mora | Imprimir | 1323