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miércoles 04 de diciembre del 2024
Editorial 04-12-2024
Inmuebles abandonados
La Comisión de Gobierno Interior despachó a la Sala el proyecto que autoriza la destinación de inmuebles abandonados por motivos de seguridad o salubridad públicas. Para sus fines, modifica el decreto ley 3.063, de 1979, sobre rentas municipales.
En la sesión estuvo presente la subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, quien entregó la visión favorable del Ejecutivo a la iniciativa.
El texto define que, en los casos en que un inmueble sin edificaciones, declarado como abandonado, genere un impacto negativo en la seguridad pública comunal, la municipalidad podrá administrarlo provisionalmente.
En tal caso, la administración provisional se decretará mediante decreto alcaldicio fundado. Esto podrá realizarse, ya sea en el mismo acto que declare como abandonado el inmueble, o en uno posterior.
El decreto alcaldicio deberá explicitar los elementos de juicio que permitan establecer el impacto negativo en la seguridad pública comunal.
La autoridad deberá considerar el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública. Este será elaborado por el Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Entre otros puntos, la administración provisional autoriza a la municipalidad a usar el inmueble para satisfacer las necesidades de la comunidad local, según el plan de intervención que aquella elabore.
Todos los gastos que provengan de reparaciones, conservación o pagos de servicios, tales como agua potable, alcantarillado, electricidad y otros de similar naturaleza, de ser procedentes, serán de cargo exclusivo de la municipalidad, de acuerdo a la disponibilidad del presupuesto municipal.
En la sesión estuvo presente la subsecretaria de Prevención del Delito, Carolina Leitao, quien entregó la visión favorable del Ejecutivo a la iniciativa.
El texto define que, en los casos en que un inmueble sin edificaciones, declarado como abandonado, genere un impacto negativo en la seguridad pública comunal, la municipalidad podrá administrarlo provisionalmente.
En tal caso, la administración provisional se decretará mediante decreto alcaldicio fundado. Esto podrá realizarse, ya sea en el mismo acto que declare como abandonado el inmueble, o en uno posterior.
El decreto alcaldicio deberá explicitar los elementos de juicio que permitan establecer el impacto negativo en la seguridad pública comunal.
La autoridad deberá considerar el diagnóstico del estado de situación de la comuna en materia de seguridad pública. Este será elaborado por el Consejo Comunal de Seguridad Pública.
Entre otros puntos, la administración provisional autoriza a la municipalidad a usar el inmueble para satisfacer las necesidades de la comunidad local, según el plan de intervención que aquella elabore.
Todos los gastos que provengan de reparaciones, conservación o pagos de servicios, tales como agua potable, alcantarillado, electricidad y otros de similar naturaleza, de ser procedentes, serán de cargo exclusivo de la municipalidad, de acuerdo a la disponibilidad del presupuesto municipal.
Freddy Mora | Imprimir | 109