lunes 09 de septiembre del 2024
El Diario del Maule Sur
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Opinión 06-08-2024
La Ley Karin y la relevancia de su fondo
Marisol Aguayo
Directora de Talent Solutions Right Management Chile


Este jueves 1 de agosto entró en vigencia la Ley 21.634 de Acoso Laboral, más conocida como “Ley Karin”, que establece nuevas obligaciones para las empresas y las personas, mediante la modificación de varios artículos del Código del Trabajo. Se trata de una ley universal que regirá para empresas de cualquier tamaño, ya sean públicas o privadas, y sin importar la naturaleza de su quehacer.

El gran objetivo que persigue es establecer relaciones laborales basadas en un trato libre de violencia, con respecto a la dignidad de las personas y con perspectiva de género. Porque las cifras, según datos de la Dirección del Trabajo, son evidentes: entre enero de 2022 y abril de este año hubo más de 4.600 denuncias, siendo un 67,8% de estas realizadas por mujeres .

En la práctica, esta nueva norma se materializará mediante 3 pilares fundamentales, que son la prevención, la fiscalización y la sanción. Los dos últimos son más bien propios de una Ley. Pero el enfoque preventivo es quizás el más sensible de todos, ya que está íntimamente ligado a la cultura de las organizaciones, y su propósito se va a lograr en la medida que exista la debida sensibilización y capacitación periódica de todas las personas que integran la empresa. Es una tarea metódica y ardua, que si se realiza de la manera correcta dará valiosos resultados.

A grandes rasgos, es de gran relevancia que todas las personas conozcan las conductas que la Ley Karin tipifica como “indebidas”. Una de ellas es el acoso sexual, con las implicancias respectivas y no consentidas, que amenazan o perjudican la situación laboral de la víctima. La norma también perseguirá el acoso laboral, mediante cualquier conducta de agresión u hostigamiento ya sea una vez o reiterado, afectando la dignidad o menoscabando a una persona. Finalmente, la ley también sancionará situaciones de violencia en el trabajo, incluso si la agresión es ejercida por terceros, como por ejemplo clientes o proveedores, que afectan a un equipo durante la prestación de sus servicios. También es importante destacar que regulará con sanciones las denuncias que resulten falsas o infundadas, y que velará en todo momento por la confidencialidad de las actuaciones.

Dicho esto, no se trata solo de poner en práctica los distintos pilares que componen la ley, sino que es necesario apuntar mucho más allá, y establecer estrategias y planes de acción medibles que permitan alcanzar los objetivos organizacionales relacionados con la cultura interna, y en ese sentido, la capacitación resulta esencial.

Pero no basta solo con reforzar los artículos que componen la nueva norma, sino que es relevante entender su trasfondo, y, ante todo, fomentar en las organizaciones una comunicación empática, inclusiva y abierta, que ayude a erradicar no solo desde las leyes, sino que desde la cultura, ciertas prácticas que atentan contra la convivencia.

Toda ley tiene artículos y detalles muy específicos, que generarán análisis y debate una vez que sean llevados a la práctica desde este 1 de agosto. Pero nunca perdamos de vista el propósito esencial de esta norma: velar por relaciones laborales libres de violencia.
Freddy Mora | Imprimir | 251