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Editorial 11-08-2023
Libertad condicional
De manera unánime, la Comisión Mixta de senadores y diputados zanjó las diferencias que existían entre ambas ramas del Congreso respecto del proyecto que establece mayores exigencias para el otorgamiento de la libertad condicional. Con ello, sólo basta que las respectivas salas voten la propuesta para que quede en condiciones de convertirse en ley.
En lo fundamental fueron tres los puntos en los que había diferencias y respecto de los cuales se llegó a acuerdo.
El primer punto que se acordó dice relación con que los condenados a penas de presidio perpetuo simple y que se les haya rechazado la solicitud de libertad condicional, deberán esperar un año para volver a solicitarla.
Quedan fuera de esta norma: el presidio perpetuo calificado porque ese tiene una norma más exigente que es de dos años y, los otros delitos siguen la norma general que es hasta la vez siguiente que puedan postular, en abril o en octubre, que son los meses en el que el consejo resuelve.
Otro de los aspectos que se acordaron dice relación con los permisos de salida que actualmente son entregados por Gendarmería.
La Comisión Mixta estableció que tales autorizaciones deberán ser otorgadas por el juez de garantía en los casos de quienes hayan sido condenados a penas de presidio perpetuo simple. En este punto, se agregó una disposición transitoria que señala que la medida entrará en vigencia en un plazo de 18 meses, tiempo en el que se espera estén aprobados los tribunales de ejecución de penas que serían los encargados de ver esas materias.
Finalmente, se incorporó una norma para complementar el artículo que establece que las víctimas deberán ser informadas cuando sus victimarios sean objeto de algún beneficio penitenciario.
En lo fundamental fueron tres los puntos en los que había diferencias y respecto de los cuales se llegó a acuerdo.
El primer punto que se acordó dice relación con que los condenados a penas de presidio perpetuo simple y que se les haya rechazado la solicitud de libertad condicional, deberán esperar un año para volver a solicitarla.
Quedan fuera de esta norma: el presidio perpetuo calificado porque ese tiene una norma más exigente que es de dos años y, los otros delitos siguen la norma general que es hasta la vez siguiente que puedan postular, en abril o en octubre, que son los meses en el que el consejo resuelve.
Otro de los aspectos que se acordaron dice relación con los permisos de salida que actualmente son entregados por Gendarmería.
La Comisión Mixta estableció que tales autorizaciones deberán ser otorgadas por el juez de garantía en los casos de quienes hayan sido condenados a penas de presidio perpetuo simple. En este punto, se agregó una disposición transitoria que señala que la medida entrará en vigencia en un plazo de 18 meses, tiempo en el que se espera estén aprobados los tribunales de ejecución de penas que serían los encargados de ver esas materias.
Finalmente, se incorporó una norma para complementar el artículo que establece que las víctimas deberán ser informadas cuando sus victimarios sean objeto de algún beneficio penitenciario.
Freddy Mora | Imprimir | 672