viernes 25 de octubre del 2024
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Policial 01-09-2023
Linares. Carabineros de la sección control de armas y explosivos OS-11 entrega consejos de seguridad

Las Autoridad Fiscalizadora OS-11 de Carabineros es el estamento técnico y operativo, encargado de intensificar las actuaciones del control que le corresponde, de acuerdo a la ley N° 17.798 sobre Control de Armas, Explosivos y elementos similares.
Dentro de las funciones que cumplen está la inscripción de las armas; para ello hay que ser mayor de edad, mantener domicilio conocido, mediante una declaración jurada simple que se encuentra en la Autoridad Fiscalizadora; acreditar que tiene los conocimientos necesarios sobre conservación, mantenimiento y manejo del arma que pretende inscribir, esto lo hará a través de un examen de conocimiento cuya cartilla de estudio se encuentra en la página web; confirmar que posee una aptitud física y psíquica compatible con el uso de armas, esto lo hará a través de la presentación de un certificado extendido por un médico psiquiatra, cuyo formato se encuentra en la página web; no haber sido condenado por crimen o simple delito, no haber sido sancionado en procesos relacionados con la ley N° 19.325, sobre violencia intrafamiliar, lo que se acreditará con el respectivo certificado de antecedentes para fines especiales. Este certificado lo otorga el registro civil en cualquiera de sus oficinas; no haber sido dictado a su respecto auto de apertura del juicio oral; en la Autoridad Fiscalizadora le facilitarán un formulario de inscripción de arma, el cual debe llenarse claramente. Además, debe cancelar el valor de la inscripción, conforme a la tasa de derecho vigente, para posteriormente inscribir su arma, recibiendo a continuación, el padrón que certifica dicha inscripción.
En Linares, el encargado de la Oficina de Autoridad Fiscalizadora de Control de Armas y Explosivos O.S-11 es el Teniente Alejandro Palavicino, comentó sobre el tiempo de duración de la acreditación de armas de fuego: “Las personas que inscriban armas de fuego, deberán acreditar cada cinco años contados desde la fecha de inscripción, que poseen los conocimientos necesarios sobre conservación y manejo del arma y que posee una aptitud física y psíquica para tenencia y uso de armas de fuego, presentando para ello el certificado de antecedentes para fines especiales” dijo el Teniente Palavicino.
En este sentido, es importante destacar que toda persona natural o jurídica podrá inscribir hasta dos armas de uso permitido, ya sea en el uso de defensa personal, seguridad y protección (para las personas jurídicas), caza, deporte o colección.
Freddy Mora | Imprimir | 799