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jueves 21 de noviembre del 2024
Social 25-10-2024
Malls y strip center estarán cerrados el domingo 27 y trabajadores y trabajadoras contarán con 3 horas para votar en las elecciones
• Director del Trabajo llamó a respetar las normas laborales imperantes en los comicios de este fin de semana para elegir autoridades regionales y municipales.
• Quienes laboren el sábado 26 y descansen el domingo 27 podrán sufragar en cualquiera de ambos días.
Un llamado a respetar las normas que protegerán los derechos de trabajadores y trabajadoras durante las elecciones de este fin de semana hizo el director del Trabajo, Pablo Zenteno.
La máxima autoridad fiscalizadora laboral visitó ayer el mall Vivo Imperio, en pleno centro de Santiago, para informar las exigencias legales que deberán ser acatadas durante los comicios de pasado mañana sábado 26 y domingo 27.
Ejemplificando con la situación del mall visitado, Pablo Zenteno informó que este tipo de recintos comerciales y los strip center administrados por una sola razón social o personalidad jurídica deberá permanecer cerrado el día domingo por corresponder a un feriado legal, obligatorio e irrenunciable para sus trabajadores. Todo el resto del comercio -incluyendo supermercados, grandes tiendas y otros locales no regidos por la situación legal ya descrita- podrá funcionar este domingo.
“Queremos ser muy claros sobre el funcionamiento del comercio durante el segundo día de elecciones, el próximo domingo 27, porque la prohibición de funcionamiento afecta únicamente a los malls, strip center y otros complejos comerciales regidos por una sola razón social o personalidad jurídica, todos los cuales no podrán abrir ese día, restricción que no afecta al resto del comercio, incluyendo a grandes tiendas, supermercados y otros establecimientos con administración propia, que funcionarán normalmente”, explicó el director del Trabajo.
La DT fiscalizará el sábado 26 y domingo 27 de octubre las denuncias recibidas a través del Canal de Atención Telefónica (CAT) -600 450 4000- entre las 09:00 y las 15:00 horas de ambos días.
AUTONOMÍA DE SUFRAGIO
El pasado 15 de octubre la DT emitió el dictamen N°656/24 en el que explica la Ley N° 21.693, del 28 de agosto de este año, que modificó diversos cuerpos legales para establecer los parámetros durante estos comicios de dos días de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales.
El dictamen menciona el lapso mínimo de 3 horas para que los trabajadores y trabajadoras que deban laborar durante ambos días, o en alguno de ellos, puedan sufragar o excusarse.
Asimismo, explica que debe darse el tiempo necesario a quienes, correspondiéndoles trabajar, fueron designados vocales de mesa, miembros de colegios escrutadores o delegados ante la Junta electoral. Todo lo anterior, sin descuentos remuneracionales ni sanciones.
Además, consigna el derecho de trabajadores y trabajadoras a decidir el día en que sufragarán o se excusarán. Tal autonomía rige para quienes trabajen el sábado 26 y descansen el domingo 27. Esto significa, por ejemplo, que los empleadores deberán otorgar el permiso mínimo de tres horas para votar o excusarse a los trabajadores que, debiendo laborar el día sábado y descansar el domingo, elijan sufragar o excusarse el primero de estos días.
Freddy Mora | Imprimir | 371
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