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sábado 02 de noviembre del 2024
Social 02-11-2024
Piden condonar deudas de aseo domiciliario a adultos mayores
La Cámara de Diputadas y Diputados aprobó, en el transcurso de esta semana, una serie de resoluciones dirigidas al Ejecutivo.
La resolución 1279 solicita al Presidente de la República presentar una iniciativa de ley que establezca la condonación de deudas de derechos de aseo domiciliario devengadas desde 2023. La medida se plantea para todas las personas pertenecientes a la tercera edad.
La idea es beneficiar a personas de este grupo etario que presenten hasta un 40% de vulnerabilidad socioeconómica en el Registro Social de Hogares.
El documento observa las dificultades económicas de las familias. Ello puede llevar a que estén impagas sus obligaciones derivadas de los derechos de aseo domiciliario.
Los derechos de aseo son un cobro trimestral que se realiza en los meses de mayo, julio, octubre y noviembre. El monto de la tarifa es establecido anualmente por el municipio, de acuerdo con el costo real de los servicios de aseo.
Los propietarios de inmuebles con un avalúo fiscal superior a 225 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) están obligados a pagar los derechos de aseo. Sin embargo, las municipalidades pueden otorgar exenciones o rebajas a grupos vulnerables, como personas de avanzada edad, personas con discapacidad o familias en situación de pobreza.
La resolución 1279 solicita al Presidente de la República presentar una iniciativa de ley que establezca la condonación de deudas de derechos de aseo domiciliario devengadas desde 2023. La medida se plantea para todas las personas pertenecientes a la tercera edad.
La idea es beneficiar a personas de este grupo etario que presenten hasta un 40% de vulnerabilidad socioeconómica en el Registro Social de Hogares.
El documento observa las dificultades económicas de las familias. Ello puede llevar a que estén impagas sus obligaciones derivadas de los derechos de aseo domiciliario.
Los derechos de aseo son un cobro trimestral que se realiza en los meses de mayo, julio, octubre y noviembre. El monto de la tarifa es establecido anualmente por el municipio, de acuerdo con el costo real de los servicios de aseo.
Los propietarios de inmuebles con un avalúo fiscal superior a 225 Unidades Tributarias Mensuales (UTM) están obligados a pagar los derechos de aseo. Sin embargo, las municipalidades pueden otorgar exenciones o rebajas a grupos vulnerables, como personas de avanzada edad, personas con discapacidad o familias en situación de pobreza.
Freddy Mora | Imprimir | 154