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miércoles 12 de febrero del 2025
Crónica 12-02-2025
Proyecto de Ley que Establece un Subsidio a la Tasa de Interés de los Créditos Hipotecarios
![Proyecto de Ley que Establece un Subsidio a la Tasa de Interés de los Créditos Hipotecarios Proyecto de Ley que Establece un Subsidio a la Tasa de Interés de los Créditos Hipotecarios](imagenes/h65ae7a7b6ae6525e3357.jpg)
En el acuerdo logrado a principios de diciembre, las partes decidieron avanzar con una fórmula mixta, combinando un subsidio a la tasa de interés y un programa de garantías al alero del FOGAES.
En el contexto del último Chile Day, en septiembre de 2024, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), presentaron conjuntamente al ministro de Hacienda una propuesta para reactivar los rubros de la construcción e inmobiliario, mediante la reducción del stock de viviendas terminadas que ha ido al alza. Esto, a través de un mecanismo de subsidio a la tasa de interés de los créditos hipotecarios, que en noviembre alcanzaron en promedio un 4,42%, ubicándose por debajo de lo registrado en los últimos 12 meses, aunque aún se mantienen muy por encima de los niveles observados previo al estallido social.
Con esta propuesta se busca inducir 50 mil ventas aproximadamente, más que las 30 mil que se han vendido en promedio en los últimos años, considerados como base, alcanzando una demanda similar a la existente previo al estallido y la pandemia.
OBJETIVO DE LA PROPUESTA
La propuesta podría impactar en reducir la tasa de crédito hipotecario en
60 puntos base -y hasta 100 puntos base en el mejor de los casos, considerando
garantía- beneficiando a los compradores que pagarían un menor
dividendo mensualmente.
Por ejemplo, para una vivienda que cuesta 3.500 UF, con financiamiento a 30
años plazo, considerando una baja en la tasa hipotecaria de 100pb1 respecto al
promedio actual de aproximadamente 4,42%, el dividendo bajaría de $678.341 a
$601.672, un ahorro mensual de $76.669.
En el caso de una vivienda de 4.000 UF, el dividendo bajaría de $775.246 a
$687.625, lo que refleja un ahorro mensual de $87.621.
Esto, en el mejor escenario, considerando que se logra una baja de hasta 40pb por efecto de la
garantía, adicionales a los 60pb del subsidio.
El costo total de un crédito para una vivienda que cuesta 3.500 UF (a 30 años
plazo con el 90% del financiamiento), sin el subsidio alcanzaría $244.202.760,
mientras que, con el subsidio, se reduce a $216.601.920, logrando un ahorro
total, de $27.600.840.
ESQUEMA DEL PROYECTO DE LEY
Articulado Detalle
Art. 1: Establece un subsidio a la
tasa de interés del crédito
hipotecario de viviendas nuevas.
Se crea un subsidio estatal de hasta a 60pb2
de la tasa del crédito hipotecario para
viviendas de hasta 4.000 UF.
Se entrega junto a la garantía FOGAES
Vivienda 2, con el objeto de lograr una baja
de hasta 100pb en la tasa del crédito
hipotecario.
Art. 2: Modificaciones a FOGAES. El subsidio se complementa con un nuevo
programa de FOGAES, Vivienda 2, garantía
con cobertura de 60% del valor de la
vivienda, sin restringirlo a la compra de
primeras viviendas.
ALCANCES
- El subsidio estatal (al dividendo) de hasta 60pb deberá ser transferido en su
totalidad al comprador de la vivienda, a través de una rebaja equivalente en
la tasa de interés de referencia.
- El Estado pagará a los Bancos e instituciones financieras el monto del subsidio
con posterioridad a la operación renta del periodo, sin perjuicio de que el
beneficio se entregará a las personas desde el momento del otorgamiento del
crédito.
- El subsidio al dividendo se entregará junto a una garantía que cubrirá el 60%
del valor de la vivienda.
- Del total de 50 mil subsidios al dividendo, 5 mil serán exclusivamente para la
compra de primeras viviendas de hasta 3 mil UF y que cumplan con los
requisitos del DS 15, con el objetivo de impulsar el plan de emergencia
habitacional. En el resto no habrá restricciones.
- El crédito hipotecario podrá financiar hasta el 90% del valor total de la
vivienda y podrán beneficiarse compraventas cuyas promesas se hayan
2 En el caso de las personas jurídicas, el subsidio será de 50pb.
celebrado desde 1 de enero del 2025 en adelante, que se concreten durante
la vigencia del programa.
- El subsidio al dividendo y la garantía podrán otorgarse a las solicitudes
ingresadas hasta 12 meses contados desde la publicación de la ley.
- El crédito hipotecario asociado podrá ser perfeccionado después de esa fecha,
en un periodo de 3 o 6 meses, por definir.
- El subsidio DS15 promueve que las familias de sectores medios que tienen
un subsidio asignado sin aplicar (25 mil subsidios) para la compra de
viviendas de hasta 3.000 UF puedan revisar el portal que está en Minvu.cl
para que con el subsidio adicional (medida de reactivación de octubre) de 150
UF puedan acceder al crédito hipotecario y adquirir su vivienda.
- En Minvu hay más de 3.500 viviendas ofertadas en 187 proyectos a lo largo
del país.
En el contexto del último Chile Day, en septiembre de 2024, la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF) y la Cámara Chilena de la Construcción (CChC), presentaron conjuntamente al ministro de Hacienda una propuesta para reactivar los rubros de la construcción e inmobiliario, mediante la reducción del stock de viviendas terminadas que ha ido al alza. Esto, a través de un mecanismo de subsidio a la tasa de interés de los créditos hipotecarios, que en noviembre alcanzaron en promedio un 4,42%, ubicándose por debajo de lo registrado en los últimos 12 meses, aunque aún se mantienen muy por encima de los niveles observados previo al estallido social.
Con esta propuesta se busca inducir 50 mil ventas aproximadamente, más que las 30 mil que se han vendido en promedio en los últimos años, considerados como base, alcanzando una demanda similar a la existente previo al estallido y la pandemia.
OBJETIVO DE LA PROPUESTA
La propuesta podría impactar en reducir la tasa de crédito hipotecario en
60 puntos base -y hasta 100 puntos base en el mejor de los casos, considerando
garantía- beneficiando a los compradores que pagarían un menor
dividendo mensualmente.
Por ejemplo, para una vivienda que cuesta 3.500 UF, con financiamiento a 30
años plazo, considerando una baja en la tasa hipotecaria de 100pb1 respecto al
promedio actual de aproximadamente 4,42%, el dividendo bajaría de $678.341 a
$601.672, un ahorro mensual de $76.669.
En el caso de una vivienda de 4.000 UF, el dividendo bajaría de $775.246 a
$687.625, lo que refleja un ahorro mensual de $87.621.
Esto, en el mejor escenario, considerando que se logra una baja de hasta 40pb por efecto de la
garantía, adicionales a los 60pb del subsidio.
El costo total de un crédito para una vivienda que cuesta 3.500 UF (a 30 años
plazo con el 90% del financiamiento), sin el subsidio alcanzaría $244.202.760,
mientras que, con el subsidio, se reduce a $216.601.920, logrando un ahorro
total, de $27.600.840.
ESQUEMA DEL PROYECTO DE LEY
Articulado Detalle
Art. 1: Establece un subsidio a la
tasa de interés del crédito
hipotecario de viviendas nuevas.
Se crea un subsidio estatal de hasta a 60pb2
de la tasa del crédito hipotecario para
viviendas de hasta 4.000 UF.
Se entrega junto a la garantía FOGAES
Vivienda 2, con el objeto de lograr una baja
de hasta 100pb en la tasa del crédito
hipotecario.
Art. 2: Modificaciones a FOGAES. El subsidio se complementa con un nuevo
programa de FOGAES, Vivienda 2, garantía
con cobertura de 60% del valor de la
vivienda, sin restringirlo a la compra de
primeras viviendas.
ALCANCES
- El subsidio estatal (al dividendo) de hasta 60pb deberá ser transferido en su
totalidad al comprador de la vivienda, a través de una rebaja equivalente en
la tasa de interés de referencia.
- El Estado pagará a los Bancos e instituciones financieras el monto del subsidio
con posterioridad a la operación renta del periodo, sin perjuicio de que el
beneficio se entregará a las personas desde el momento del otorgamiento del
crédito.
- El subsidio al dividendo se entregará junto a una garantía que cubrirá el 60%
del valor de la vivienda.
- Del total de 50 mil subsidios al dividendo, 5 mil serán exclusivamente para la
compra de primeras viviendas de hasta 3 mil UF y que cumplan con los
requisitos del DS 15, con el objetivo de impulsar el plan de emergencia
habitacional. En el resto no habrá restricciones.
- El crédito hipotecario podrá financiar hasta el 90% del valor total de la
vivienda y podrán beneficiarse compraventas cuyas promesas se hayan
2 En el caso de las personas jurídicas, el subsidio será de 50pb.
celebrado desde 1 de enero del 2025 en adelante, que se concreten durante
la vigencia del programa.
- El subsidio al dividendo y la garantía podrán otorgarse a las solicitudes
ingresadas hasta 12 meses contados desde la publicación de la ley.
- El crédito hipotecario asociado podrá ser perfeccionado después de esa fecha,
en un periodo de 3 o 6 meses, por definir.
- El subsidio DS15 promueve que las familias de sectores medios que tienen
un subsidio asignado sin aplicar (25 mil subsidios) para la compra de
viviendas de hasta 3.000 UF puedan revisar el portal que está en Minvu.cl
para que con el subsidio adicional (medida de reactivación de octubre) de 150
UF puedan acceder al crédito hipotecario y adquirir su vivienda.
- En Minvu hay más de 3.500 viviendas ofertadas en 187 proyectos a lo largo
del país.
Freddy Mora | Imprimir | 124
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