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Política 26-01-2025
Senado: Norma que individualiza a los usuarios de teléfonos de prepago queda lista para ser ley

Por unanimidad, la Sala del Senado aprobó el informe de la Comisión Mixta encargada de resolver las discrepancias respecto del proyecto que modifica la ley general de telecomunicaciones en cuanto a individualización y registro de datos de los usuarios de servicios de telefonía de prepago.
Con este resultado, la propuesta queda en condiciones de ser promulgada como ley. Previamente la Cámara Baja dio el mismo respaldo al señalado informe.
La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.
Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El usuario registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.
En el debate en particular, se incorporó el deber de las empresas de mantener un registro actualizado de usuarios, el que deberá mantenerse por 5 años; y de financiar un sistema de bloqueo de dispositivos robados, hurtados y extraviados. También se entenderá como delito, la adulteración del IMEI, cuya sanción se equipará a aquella que se aplica al delito de falsificación de instrumento privado.
Con este resultado, la propuesta queda en condiciones de ser promulgada como ley. Previamente la Cámara Baja dio el mismo respaldo al señalado informe.
La norma establece que las concesionarias de servicio público telefónico, antes de iniciar la provisión del servicio telefónico a usuarios que no tengan asociados la facturación mensual o el cobro de un cargo fijo, deberán solicitar los datos necesarios para su correcta individualización.
Se entenderá por ellos: el nombre completo, el domicilio, el número de cédula de identidad o número de pasaporte del usuario, así como la identidad internacional del equipo móvil (IMEI), la estación móvil de la red digital de servicios integrados (MSISDN) y la identidad internacional del abonado móvil (IMSI). El usuario registrado del respectivo servicio deberá ser mayor de edad.
En el debate en particular, se incorporó el deber de las empresas de mantener un registro actualizado de usuarios, el que deberá mantenerse por 5 años; y de financiar un sistema de bloqueo de dispositivos robados, hurtados y extraviados. También se entenderá como delito, la adulteración del IMEI, cuya sanción se equipará a aquella que se aplica al delito de falsificación de instrumento privado.
Freddy Mora | Imprimir | 306
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