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miércoles 30 de octubre del 2024
Editorial 26-08-2023
Venta ilegal de fármacos
En condiciones de ser visto por la Comisión de Constitución, Legislación, Justicia y Reglamento, quedó el proyecto que regula la comercialización de productos farmacéuticos y sanciona su venta ilegal, el que cursa primer trámite.
Por unanimidad fueron respaldadas las disposiciones presentadas que complementan la idea matriz que busca endurecer las sanciones penales y sanitarias para quienes vendan medicamentos en lugares no destinados para ello y fármacos adulterados, como para quienes los prescriben o faciliten estos hechos.
Parte del texto aprobado indica que el expendio de medicamentos solo podrá realizarse al detalle, en las cantidades que no excedan el uso que se destina a un tratamiento médico.
Se prohíbe a los establecimientos que los expenden, realizar la distribución de los mismos.
La entrega de productos farmacéuticos a establecimientos no autorizados, será sancionada conforme al Libro X del Código Sanitario. Dicha sanción también se aplicará al establecimiento de expendio que distribuya los medicamentos.
Las personas naturales y jurídicas, propietarias, representantes legales o directores técnicos de los establecimientos farmacéuticos serán responsables de dichos hechos.
El Instituto de Salud Pública (ISP) podrá solicitar información en el marco del control, internación, fraccionamiento, comercialización, importación, exportación, publicidad e investigación de productos farmacéuticos y aquellos que requieren receta magistral.
Por unanimidad fueron respaldadas las disposiciones presentadas que complementan la idea matriz que busca endurecer las sanciones penales y sanitarias para quienes vendan medicamentos en lugares no destinados para ello y fármacos adulterados, como para quienes los prescriben o faciliten estos hechos.
Parte del texto aprobado indica que el expendio de medicamentos solo podrá realizarse al detalle, en las cantidades que no excedan el uso que se destina a un tratamiento médico.
Se prohíbe a los establecimientos que los expenden, realizar la distribución de los mismos.
La entrega de productos farmacéuticos a establecimientos no autorizados, será sancionada conforme al Libro X del Código Sanitario. Dicha sanción también se aplicará al establecimiento de expendio que distribuya los medicamentos.
Las personas naturales y jurídicas, propietarias, representantes legales o directores técnicos de los establecimientos farmacéuticos serán responsables de dichos hechos.
El Instituto de Salud Pública (ISP) podrá solicitar información en el marco del control, internación, fraccionamiento, comercialización, importación, exportación, publicidad e investigación de productos farmacéuticos y aquellos que requieren receta magistral.
Freddy Mora | Imprimir | 668