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lunes 23 de diciembre del 2024
Opinión 03-05-2023
Voto obligatorio y proceso constituyente
Dra. Karina Doña Molina
Directora de la carrera de Administración Pública
Universidad Autónoma de Chile, sede Talca
El próximo 7 de mayo se elige a los integrantes del Consejo Constitucional, órgano paritario que propondrá el texto que será votado en diciembre para una nueva Constitución. Esta elección (el voto) es obligatoria para quienes estén habilitados a sufragar en Chile y voluntaria para quienes residan en el extranjero.
¿Más allá de la obligatoriedad, por qué votar este 7 de mayo? En tiempos de crisis económica, pagar una multa de entre 0,5 a 3 UTM no parece razonable, aunque también hay otras razones para hacerlo.
1.- Institucionalización del conflicto político. La menor efervescencia en el ambiente electoral es interpretada como falta de interés. Pero es posible atribuirlo a una señal de estabilidad del sistema político, al institucionalizar la resolución del conflicto. El acuerdo político de diciembre de 2022 restauró el poder constituyente en el Congreso, que logró rebajar el quórum de la Constitución y establecer una carta de navegación que ha conducido el proceso constituyente con menor espacio a posturas atomizadoras del debate político y de agendas que no generan consensos ciudadanos. La institucionalización de este conflicto lo aleja de las reacciones destempladas y polarizadas que dejó el proceso anterior y lo acerca más a lo esperado en un Estado de Derecho, con gobernabilidad democrática y compromiso ciudadano.
2.- La búsqueda de la legitimidad. Resolver la cuestionada legitimidad de origen de la Constitución de 1980 es la cuestión de fondo, al contrastarla con los actuales estándares de política, democracia y ciudadanía. Cambiar la Constitución para no cuestionar su falta de legitimidad requiere de la participación y del voto ciudadano.
3.- El texto. Actualmente no hay “hoja en blanco”. La Comisión de 24 expertos nombrados por el Congreso está redactando el texto constitucional sobre la base de 12 puntos o “bases institucionales”, que serán revisados por el Consejo Constitucional.
4.- Los límites claros. Hay reglamentos y quórum establecidos con antelación al proceso. El texto final no puede contravenir las 12 bases institucionales. De aprobarse la Constitución, las autoridades electas y designadas siguen en funcionamiento. Ni los consejeros electos ni los expertos serán candidatos en ninguna de las próximas elecciones del país. Habrá un Comité Técnico de Admisibilidad para revisar las propuestas y una Comisión Mixta para revisar aquello donde no exista acuerdo.
Cuatro razones para votar el 7 de mayo, más allá de la multa y la obligación de hacerlo.
Freddy Mora | Imprimir | 520